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Funciones

Funciones del Consejo de Sede Bogotá

Correspondiendo a las indicadas en el artículo 29 del Estatuto General, son funciones del Consejo de Sede, además de las que le sean asignadas en la organización académico-administrativa, en los estatutos y normas generales de la Universidad y las que le deleguen otras autoridades y organismos de la Universidad, las siguientes:

  1. Propender por la integración y adaptación de la Sede a las necesidades regionales y locales y por su internacionalización.
  2. Aprobar la creación, modificación o supresión de los programas académicos y de las unidades académicas y administrativas, cuando ello le sea delegado por el Consejo Superior Universitario o el Consejo Académico, según el caso.
  3. Evaluar los informes de gestión de los Vicerrectores de Sede y de los Decanos y remitir dicha evaluación al Rector y al Consejo Superior Universitario.
  4. Hacer cumplir el calendario académico de la Sede de acuerdo con el calendario general anual de la Universidad aprobado por el Consejo Superior Universitario.
  5. Fijar el número máximo de estudiantes que pueden admitirse en cada programa curricular y para cada período académico, previa recomendación del correspondiente Consejo de Facultad.
  6. Disponer las medidas indispensables para la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos definidos a Nivel Nacional y los que, en concordancia con ellos, se adopten para la Sede.
  7. Actuar como segunda y última instancia en los asuntos académicos de los docentes y estudiantes susceptibles de apelación, por lo que contra sus decisiones no procede recurso alguno.
  8. Proponer la estructura académico-administrativa interna de la Sede y sus modificaciones, para recomendación por parte del Consejo Académico y la consideración y aprobación posterior del Consejo Superior Universitario.
  9. Convocar, coordinar y dirigir el proceso de participación de la Sede en la formulación del Plan Global de Desarrollo y del Plan de Acción de la Sede.
  10. Aprobar el Plan de Acción de la Sede, en armonía con el Plan Global de Desarrollo, así como establecer y aplicar sistemas de evaluación institucional del mismo.
  11. Consolidar el proyecto de presupuesto de la Sede a partir de las propuestas enviadas por las Facultades, y ajustar el presupuesto de la Sede en armonía con el Presupuesto General de la Universidad, conforme a los regímenes presupuestal y financiero y de planeación de la Universidad.
  12. Conformar con carácter temporal o permanente comisiones para el ejercicio de cualquiera de sus funciones, y definir los términos y condiciones para el ejercicio de la delegación que se les confiera.

Además de estas funciones, corresponde al Consejo de Sede:

Asuntos estudiantiles

  • Decidir los Recurso de apelación interpuestos ante decisiones en las cuales el Consejo de Sede este delgado para actuar como segunda instancias
  • Decidir los recursos de reposición interpuestos ante decisiones en las cuales el Consejo de Sede haya actuado como primera instancia
  • Aprobar la admisión en segundo plan de estudios – Doble titulación (Artículo 48 del Acuerdo 008 de 2008 del Consejo Superior Universitario).
  • Otorgar la Beca Asistente Docente y darla por terminada cuando se presente una causal de pérdida de la condición de beneficiario (Artículos 16 y 23 del Acuerdo 028 de 2010 del Consejo Superior Universitario).
  • Conceder la exención de pago de derechos académicos a empleados administrativos y docentes de la Universidad, que cursen estudios de postgrado en la Sede (Artículo 58 del Acuerdo 008 de 2008 del Consejo Superior Universitario).
  • Conceder exención de pago de matrícula en pregrado y de derechos académicos en posgrado, por actividades deportivas, culturales y de cooperación en la vida universitaria (Acuerdo 031 de 2010 del Consejo Superior Universitario).
  • Conceder Grado de Honor y Beca de Posgrado (Artículos 57 y 58 del Acuerdo 008 de 2008 del Consejo Superior Universitario).
  • Autorizar grados póstumos (Artículo 54 del Acuerdo 008 de 2008 del Consejo Superior Universitario).
  • Conocer de los recursos de apelación en contra de las sanciones disciplinarias que impone el Consejo de Facultad (Artículo 40 del Acuerdo 044 de 2009 del Consejo Superior Universitario).
  • Avocar las denuncias por posibles faltas disciplinarias, en los casos en los que se desconozca la Facultad a la que pertenece el estudiante involucrado (Artículo 43 del Acuerdo 044 de 2009 del Consejo Superior Universitario).

Asuntos docentes

  • Conceder prorroga excepcional de comisión de estudios doctorales
  • Decidir los Recurso de apelación interpuestos ante decisiones en las cuales el Consejo de Sede este delgado para actuar como segunda instancias
  • Decidir los recursos de reposición interpuestos ante decisiones en las cuales el Consejo de Sede haya actuado como primera instancia
  • Otorgar distinciones docentes (Numeral 2 del artículo 29 del Acuerdo 016 de 2005 del Consejo Superior Universitario).
  • Decidir, a propuesta del Consejo de Facultad o su equivalente, las solicitudes de reingreso de profesores que hayan estado en la carrera profesoral universitaria.

Otros asuntos

  • Expedir el calendario académico detallado para los programas de pregrado, posgrado y las actividades académicas y administrativas de la Sede (Artículo 2 de la Resolución No. 1492 de 2011 de Rectoría).
  • Realizar la evaluación a los Institutos de Investigación y Centros de Sede, de acuerdo con la cual se dispondrá su infraestructura administrativa (Artículo 46 y 49 del Estatuto General).
  • Aprobar la apertura, modificación, creación y supresión de Programas Curriculares de Especialización (Acuerdo 72 del 2006 del Consejo Superior Universitario).
  • Seleccionar los cursos para el desarrollo de las Cátedras de Sede y la Escuela Internacional (Resolución 75 de 1998 del Consejo Académico, Acuerdos 05 de 2005, 017 y 018 de 2007 y 002 de 2010 del Consejo de Sede).
  • Expedir las reglamentaciones suplementarias para el otorgamiento de la Beca Asistente Docente (Artículo 16 del Acuerdo 28 de 2010 del Consejo Superior Universitario).
  • Definir el cronograma para la realización de las Colegiaturas de la Sede (Acuerdo 013 de 2001 del Consejo Superior Universitario).
  • Avalar convenios con personas extranjeras y nacionales, cuando comprometan varias Facultades y/o Unidades Académicas Básicas de distintas Facultades en la Sede (Manual de Contratación, adoptado mediante Resolución de Rectoría 1952 de 2008).
  • Evaluar el desempeño de docentes que desempeñen actividades de dirección y gestión académico-administrativa (Acuerdos 023 de 2008 y 005 de 2009 del Consejo Superior Universitario).
  • Reglamentar su funcionamiento en materia de extensión (Parágrafo 4 del artículo 6 del Acuerdo 36 de 2009 del Consejo Superior Universitario).
  • Eximir de la distribución proporcional de los costos indirectos entre los niveles Nacional, de Sede y de Facultad, para actividades, programas, planes y proyectos de extensión que deban realizar parte de las actividades por fuera de las instalaciones de la Universidad (parágrafo 2 del artículo 17 del Acuerdo 036 de 2009 del Consejo Superior Universitario).
  • Eximir total o parcialmente del deber de hacer transferencias a las actividades, proyectos, programas y planes de extensión que considere pertinentes (parágrafo 2 del artículo 19 del Acuerdo 036 de 2009 del Consejo Superior Universitario).
  • Proponer nombres ante el Consejo Superior Universitario para la designación de los Representantes de las Asociaciones o Instituciones Productivas ante el Consejo de Sede (Numeral 8 del artículo 28 del Estatuto General).
  • Elegir al egresado que integrará cada Consejo de Facultad (Numeral 6 del artículo 34 del Estatuto General).
  • Designar a los Directores de Programas de Posgrado Interfacultades (Parágrafo 2 del artículo 16 del Acuerdo 20 de 2001 del Consejo Académico).
  • Designar un Decano para integrar el Comité Administrador de la Sede de Unisalud (Acuerdos 013 y 021 de 2002 del Consejo Superior Universitario).
  • Designar a un profesor para integrar el Comité de Contratación de la Sede (Manual de Convenios y Contratos, artículo 11).
  • Designar los profesores que integrantes la Comisión Investigadora de Asuntos Disciplinarios del Personal Docente (Acuerdo 007 de 2000 del Consejo Superior Universitario).