Funciones del Consejo de Sede Bogotá
Correspondiendo a las indicadas en el artículo 29 del Estatuto General, son funciones del Consejo de Sede, además de las que le sean asignadas en la organización académico-administrativa, en los estatutos y normas generales de la Universidad y las que le deleguen otras autoridades y organismos de la Universidad, las siguientes:
- Propender por la integración y adaptación de la Sede a las necesidades regionales y locales y por su internacionalización.
- Aprobar la creación, modificación o supresión de los programas académicos y de las unidades académicas y administrativas, cuando ello le sea delegado por el Consejo Superior Universitario o el Consejo Académico, según el caso.
- Evaluar los informes de gestión de los Vicerrectores de Sede y de los Decanos y remitir dicha evaluación al Rector y al Consejo Superior Universitario.
- Hacer cumplir el calendario académico de la Sede de acuerdo con el calendario general anual de la Universidad aprobado por el Consejo Superior Universitario.
- Fijar el número máximo de estudiantes que pueden admitirse en cada programa curricular y para cada período académico, previa recomendación del correspondiente Consejo de Facultad.
- Disponer las medidas indispensables para la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos definidos a Nivel Nacional y los que, en concordancia con ellos, se adopten para la Sede.
- Actuar como segunda y última instancia en los asuntos académicos de los docentes y estudiantes susceptibles de apelación, por lo que contra sus decisiones no procede recurso alguno.
- Proponer la estructura académico-administrativa interna de la Sede y sus modificaciones, para recomendación por parte del Consejo Académico y la consideración y aprobación posterior del Consejo Superior Universitario.
- Convocar, coordinar y dirigir el proceso de participación de la Sede en la formulación del Plan Global de Desarrollo y del Plan de Acción de la Sede.
- Aprobar el Plan de Acción de la Sede, en armonía con el Plan Global de Desarrollo, así como establecer y aplicar sistemas de evaluación institucional del mismo.
- Consolidar el proyecto de presupuesto de la Sede a partir de las propuestas enviadas por las Facultades, y ajustar el presupuesto de la Sede en armonía con el Presupuesto General de la Universidad, conforme a los regímenes presupuestal y financiero y de planeación de la Universidad.
- Conformar con carácter temporal o permanente comisiones para el ejercicio de cualquiera de sus funciones, y definir los términos y condiciones para el ejercicio de la delegación que se les confiera.
Además de estas funciones, corresponde al Consejo de Sede:
Asuntos estudiantiles
- Decidir los Recurso de apelación interpuestos ante decisiones en las cuales el Consejo de Sede este delgado para actuar como segunda instancias
- Decidir los recursos de reposición interpuestos ante decisiones en las cuales el Consejo de Sede haya actuado como primera instancia
- Aprobar la admisión en segundo plan de estudios – Doble titulación (Artículo 48 del Acuerdo 008 de 2008 del Consejo Superior Universitario).
- Otorgar la Beca Asistente Docente y darla por terminada cuando se presente una causal de pérdida de la condición de beneficiario (Artículos 16 y 23 del Acuerdo 028 de 2010 del Consejo Superior Universitario).
- Conceder la exención de pago de derechos académicos a empleados administrativos y docentes de la Universidad, que cursen estudios de postgrado en la Sede (Artículo 58 del Acuerdo 008 de 2008 del Consejo Superior Universitario).
- Conceder exención de pago de matrícula en pregrado y de derechos académicos en posgrado, por actividades deportivas, culturales y de cooperación en la vida universitaria (Acuerdo 031 de 2010 del Consejo Superior Universitario).
- Conceder Grado de Honor y Beca de Posgrado (Artículos 57 y 58 del Acuerdo 008 de 2008 del Consejo Superior Universitario).
- Autorizar grados póstumos (Artículo 54 del Acuerdo 008 de 2008 del Consejo Superior Universitario).
- Conocer de los recursos de apelación en contra de las sanciones disciplinarias que impone el Consejo de Facultad (Artículo 40 del Acuerdo 044 de 2009 del Consejo Superior Universitario).
- Avocar las denuncias por posibles faltas disciplinarias, en los casos en los que se desconozca la Facultad a la que pertenece el estudiante involucrado (Artículo 43 del Acuerdo 044 de 2009 del Consejo Superior Universitario).
Asuntos docentes
- Conceder prorroga excepcional de comisión de estudios doctorales
- Decidir los Recurso de apelación interpuestos ante decisiones en las cuales el Consejo de Sede este delgado para actuar como segunda instancias
- Decidir los recursos de reposición interpuestos ante decisiones en las cuales el Consejo de Sede haya actuado como primera instancia
- Otorgar distinciones docentes (Numeral 2 del artículo 29 del Acuerdo 016 de 2005 del Consejo Superior Universitario).
- Decidir, a propuesta del Consejo de Facultad o su equivalente, las solicitudes de reingreso de profesores que hayan estado en la carrera profesoral universitaria.
Otros asuntos
- Expedir el calendario académico detallado para los programas de pregrado, posgrado y las actividades académicas y administrativas de la Sede (Artículo 2 de la Resolución No. 1492 de 2011 de Rectoría).
- Realizar la evaluación a los Institutos de Investigación y Centros de Sede, de acuerdo con la cual se dispondrá su infraestructura administrativa (Artículo 46 y 49 del Estatuto General).
- Aprobar la apertura, modificación, creación y supresión de Programas Curriculares de Especialización (Acuerdo 72 del 2006 del Consejo Superior Universitario).
- Seleccionar los cursos para el desarrollo de las Cátedras de Sede y la Escuela Internacional (Resolución 75 de 1998 del Consejo Académico, Acuerdos 05 de 2005, 017 y 018 de 2007 y 002 de 2010 del Consejo de Sede).
- Expedir las reglamentaciones suplementarias para el otorgamiento de la Beca Asistente Docente (Artículo 16 del Acuerdo 28 de 2010 del Consejo Superior Universitario).
- Definir el cronograma para la realización de las Colegiaturas de la Sede (Acuerdo 013 de 2001 del Consejo Superior Universitario).
- Avalar convenios con personas extranjeras y nacionales, cuando comprometan varias Facultades y/o Unidades Académicas Básicas de distintas Facultades en la Sede (Manual de Contratación, adoptado mediante Resolución de Rectoría 1952 de 2008).
- Evaluar el desempeño de docentes que desempeñen actividades de dirección y gestión académico-administrativa (Acuerdos 023 de 2008 y 005 de 2009 del Consejo Superior Universitario).
- Reglamentar su funcionamiento en materia de extensión (Parágrafo 4 del artículo 6 del Acuerdo 36 de 2009 del Consejo Superior Universitario).
- Eximir de la distribución proporcional de los costos indirectos entre los niveles Nacional, de Sede y de Facultad, para actividades, programas, planes y proyectos de extensión que deban realizar parte de las actividades por fuera de las instalaciones de la Universidad (parágrafo 2 del artículo 17 del Acuerdo 036 de 2009 del Consejo Superior Universitario).
- Eximir total o parcialmente del deber de hacer transferencias a las actividades, proyectos, programas y planes de extensión que considere pertinentes (parágrafo 2 del artículo 19 del Acuerdo 036 de 2009 del Consejo Superior Universitario).
- Proponer nombres ante el Consejo Superior Universitario para la designación de los Representantes de las Asociaciones o Instituciones Productivas ante el Consejo de Sede (Numeral 8 del artículo 28 del Estatuto General).
- Elegir al egresado que integrará cada Consejo de Facultad (Numeral 6 del artículo 34 del Estatuto General).
- Designar a los Directores de Programas de Posgrado Interfacultades (Parágrafo 2 del artículo 16 del Acuerdo 20 de 2001 del Consejo Académico).
- Designar un Decano para integrar el Comité Administrador de la Sede de Unisalud (Acuerdos 013 y 021 de 2002 del Consejo Superior Universitario).
- Designar a un profesor para integrar el Comité de Contratación de la Sede (Manual de Convenios y Contratos, artículo 11).
- Designar los profesores que integrantes la Comisión Investigadora de Asuntos Disciplinarios del Personal Docente (Acuerdo 007 de 2000 del Consejo Superior Universitario).