Los admitidos a programas curriculares de Pregrado de las Sedes de Bogotá y Tumaco CON FECHA DE INICIO DE CLASES EL DÍA 28 DE OCTUBRE DE 2024, pueden solicitar aplazamiento del uso del derecho de matrícula inicial, ante el Comité de Matrículas de Sede Bogotá, hasta el 30 de septiembre de 2024.
REQUISITOS
A continuación, se presentan los requisitos que configuran una causa justificada bajo una situación de fuerza mayor o caso fortuito para autorizar el aplazamiento del uso de derecho de matrícula inicial contemplados en el Acuerdo 002 de 2023 del Consejo Académico, los cuales deben estar debidamente soportados ante el Comité de Matrículas de la Sede Bogotá mediante formulario de Google:
- Se trate de un hecho irresistible, es decir, un hecho que no se hubiera podido evitar.
- Se trate de un hecho imprevisible, esto es, que no pueda ser contemplado de manera previa.
- Se trate de un hecho externo al admitido.
Igualmente, se valorarán como causas justificadas las situaciones asociadas a violencias basadas en género.
PASOS
Diligenciar el formulario web desde el navegador de Google Chrome habilitado (hasta el 30 de septiembre de 2024) en el siguiente enlace: https://forms.gle/fpxpLen8kZfWBs8m8
cada admitido debe anexar al formulario web la documentación en un solo archivo en PDF el que debe ser denominado con los nombres completos del admitido(a) (no por el número de documento).
RESULTADOS
La decisión inicial de la solicitud será notificada al correo electrónico registrado para notificaciones, suministrado en el formulario de Google DRIVE (artículo 56 de la Ley 1437 de 2011), a partir del 24 de octubre de 2024.
FECHAS IMPORTANTES
ACTIVIDAD | FECHA LÍMITE |
DILIGENCIAMIENTO EN EL FORMULARIO WEB Y FORMALIZACIÓN DE LAS SOLICITUDES de aplazamiento por parte de los admitidos ante el Comité de Matrícula de Sede Bogotá. NOTA: Únicamente se estudiarán las solicitudes que se encuentren registradas en el formulario WEB y cuya documentación sea cargada en un solo PDF. | Hasta el 30 de septiembre de 2024 |
SESIÓN DE ANÁLISIS del Comité de Matrícula de la Sede Bogotá para el estudio de las solicitudes diligenciadas en el formulario Web. | 15 de octubre de 2024 |
RESPUESTA: de la decisión tomada mediante notificación al correo electrónico indicado por cada uno de los peticionarios. | 24 de octubre de 2024 |
PLAZO MÁXIMO DE PRESENTACIÓN DE RECURSOS de presentación de recursos por parte de los admitidos notificados ante el Comité de Matrícula de la Sede Bogotá. | 07 de noviembre de 2024 |
SESIÓN DE ANÁLISIS del Comité de Matrícula para el estudio de los recursos presentados por los admitidos notificados. | 19 de noviembre de 2024 |
RESPUESTA de la decisión tomada mediante notificación al correo electrónico registrado por cada uno de los peticionarios. | 20 de noviembre de 2024 |
Para mayor información VÉASE LA CIRCULAR 016 DE 2024
https://drive.google.com/file/d/19a8CbqOotf0EZLMIJ8A-dsRlBFvm1vYP/view?usp=drive_link
NOTA: Recuerde que, para acceder al uso del derecho de aplazamiento de matrícula inicial, usted debe contar con calidad de admitido(a), es decir, no haber realizado el proceso de matrícula (pago de fraccionamientos e inscripción de materias).
¿Qué hacer en caso de no estar de acuerdo con la decisión de la solicitud de aplazamiento notificada?
RECURSOS
Frente a la decisión tomada por el Comité de Matrícula de Sede, el admitido podrá interponer por escrito los recursos de Reposición y de Apelación, ante el Comité de Matrícula de Sede, mediante el correo comatri_bog@unal.edu.co
- Se debe presentar los recursos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación por medios electrónicos. Estos deben ser por medio escrito digitalizado, los cuales deberán ser enviados al correo electrónico del Comité de Matrícula de Sede, sustentando los motivos de la solicitud y aportando la documentación pertinente mediante la cual pretende hacer valer la misma.
- Los recursos de ley que se pueden interponer son los siguientes:
- Recurso de Reposición: Este se analizará y se emitirá respuesta por parte del Comité de Matrícula de Sede.
- Recurso de Reposición y en subsidio de Apelación: Este se analizará en primera instancia por parte del Comité de Matrícula de Sede, en caso de que se confirme la decisión tomada inicialmente se concederá el Recurso de Apelación y este, en segunda instancia, será analizado y resuelto por parte del Comité Nacional de Matrícula.
- Recurso de Apelación Directa: Se presentará ante el Comité de Matrícula de Sede, el cual verificará el cumplimiento de requisitos formales, de ser así, se remitirá al Comité Nacional de Matrícula.
3. Transcurridos los días en los que finalice el término, sin que se hubiere interpuesto los recursos procedentes, la decisión quedará en firme.
NORMATIVA
- Acuerdo No. 059 de 2012 del Consejo Académico https://drive.google.com/file/d/1rCSeD1w6TJbMPkJNuZIOza4-Q5chFSfB/view?usp=drive_link “Por el cual se deroga el acuerdo 024 de 2009 del consejo académico y se reglamenta el aplazamiento de matrícula inicial para admitidos a algún programa curricular de pregrado o posgrado de la Universidad Nacional de Colombia.
- Acuerdo No 002 de 2023 del Consejo académico https://drive.google.com/file/d/107fY9F21lo75CMygfyXAu-hA2hkWfk2R/view?usp=drive_link “Por el cual se modifica el artículo 1 del acuerdo 059 de 2012 del Consejo Académico, que reglamenta el aplazamiento de matrícula inicial para los admitidos a la Universidad Nacional de Colombia.
- Ley 749 de 2002, Art 7 https://drive.google.com/file/d/1uZSKIttHuTXtikiqM4YV99olCKz0M5vv/view?usp=drive_link “Requisitos para el ingreso a la Educación Superior”.
- Acuerdo 019 de 2023 Consejo Superior Universitario https://drive.google.com/file/d/1sTCUKvIJHjs3FwdBMztofFtABXxS0PR9/view?usp=drive_link “Por el cual se crea un Programa de Admisión Especial con Enfoque Territorial en la Universidad Nacional de Colombia.
- Resolución 1271 de 2023 Rectoría General https://drive.google.com/file/d/1mBEqCuCd878oo2aiyVNRn-dsTitNktww/view?usp=drive_link “Por el cual se reglamenta el Programa de Admisión Especial con Enfoque Territorial (PAET) a los programas curriculares de pregrado ofrecidos en las Sedes de Amazonía, Caribe, Orinoquía, Tumaco, para el primer periodo académico del 2024”.
- Resolución 166 de 2024 Rectoría General https://drive.google.com/file/d/1x2h54D3nD23cGD-tBMxpz-Rjq89Pbr-H/view?usp=drive_link “por el cual se modifica el artículo 16 de la Resolución de Rectoría RG011 de 2011”.
- Resolución 229 de 2024 de Rectoría https://drive.google.com/file/d/1niLg9xrhUGUH7xqSMUsbdI1BzAbadXmW/view?usp=drive_link “Por la cual se reglamenta el Programa de Admisión Especial con Enfoque Territorial de la Facultad de Medicina de la Sede Bogotá, para el segundo periodo académico de 2024”
CRONOGRAMAS ANTERIORES
https://drive.google.com/file/d/1eCkr0gW7ypybxkEg5yhuM0tG1-XOAU6H/view?usp=sharing