División de Seguridad y Salud en el Trabajo: Preguntas Frecuentes
¿Qué es un Accidente de Trabajo?
Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Así mismo el que se produce durante: La ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo; El traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador; El ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical, siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función; La ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador (Ley 1562 de 2012 Ministerio de Trabajo).
¿Qué hacer en caso de accidente de trabajo?
Una vez ocurra el accidente y si requiere atención de primeros auxilios se debe informar al brigadista de la dependencia (si lo hay) o al personal de vigilancia, con el fin de activar el sistema de emergencias de la Sede a través de la extensión 88888. El accidentado o una persona que conozca los datos personales del accidentado, debe reportar el evento al jefe inmediato o supervisor y a la División de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Sede Bogotá (DSST), dentro del primer día hábil después de ocurrido el evento. La DSST confirma la información reportada con el jefe inmediato, supervisor o interventor de la persona accidentada y realiza el reporte a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL); El reporte con número de radicado es enviado por correo electrónico al accidentado o a quien autorice para los trámites necesarios ante la EPS.
¿Qué cubrimiento tiene el trabajador accidentado por parte del Sistema de Riesgos Laborales?
Las personas que sufren accidente de trabajo, tienen derecho a la cobertura de las prestaciones asistenciales y económicas:
Prestaciones asistenciales: Red de Servicios de la ARL a la que se encuentre afiliad: Asistencia medico quirúrgica, terapéutica, farmacéutica, odontológica y hospitalaria; medicamentos, servicios de diagnóstico y tratamiento; prótesis y ortesis; rehabilitación física y laboral; Gastos de traslado, cuando se requiera.
Prestaciones económicas: Prestaciones Económicas; Subsidio por incapacidad temporal; Indemnización por incapacidad permanente parcial; Pensión de invalidez; Pensión de sobrevivientes; Auxilio funerario.
¿Por qué es importante reportar los accidentes de trabajo?
Al reportar el accidente se cuenta con el respaldo de la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) y de la entidad, se optimiza el tiempo para trámites y se coordina de manera más eficaz la Investigación del accidente,
¿Qué es una enfermedad laboral?
Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se desempeña.
¿Quién determina cuáles son las enfermedades de origen laboral?
El Gobierno Nacional determina en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales, y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacionales, será reconocida como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales vigentes. (Decreto 1477 de 2014 del Ministerio de Trabajo, por medio del cual se expide la tabla de enfermedades laborales).
¿Cómo inicia el proceso para calificación de origen de la enfermedad?
En primera instancia, la entidad que califica el origen de la enfermedad es la Entidad Promotora de Salud (EPS), quien a través de un formato de reporte de enfermedad profesional (FUREP) y enviando los documentos soportes, notifica a la ARL de la decisión tomada. Si la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) no está de acuerdo con la calificación emitida por la EPS, remitirá el caso a la Junta Regional de Calificación.
¿Qué cubrimiento tiene el trabajador si es calificado con una enfermedad de origen laboral?
La Administradora de Riesgos Laborales a la que se encuentre afiliado, incluirá a la persona en un Programa de Rehabilitación Integral con el objetivo de mejorar o prevenir el deterioro del estado de salud, y cubrirá el costo total del proceso de rehabilitación. La persona tiene derecho a la cobertura delas siguientes prestaciones asistencias y económicas:
Prestaciones asistenciales: Red de Servicios de la ARL a la que se encuentre afiliado; asistencia medico quirúrgica, terapéutica, farmacéutica, odontológica y hospitalaria; medicamentos, servicios de diagnóstico y tratamiento; prótesis y ortesis; rehabilitación física y laboral. Gastos de traslado, cuando se requiera.
Prestaciones económicas: Subsidio por incapacidad temporal; Indemnización por incapacidad permanente parcial; Pensión de invalidez; Pensión de sobrevivientes; Auxilio funerario.