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Reubicación socioeconómica para admitidos

¿QUÉ ES LA REUBICACIÓN SOCIOECONÓMICA?

Es una figura creada por la Rectoría General en la Resolución 2146 de 1993 modificada por la Resolución 240/98 RG y por la Resolución 216/18 RG. que busca conciliar el Puntaje Básico de Matrícula (PBM) calculado inicialmente por la División de Registro en el momento de la admisión con la situación socioeconómica “actual” del admitido.

Para ello se analiza el puntaje asignable a cada uno de los indicadores utilizados en el cálculo de matrícula con base en la información aportada por el solicitante, la reubicación puede ser temporal o indefinida según el caso, ya sea por disminución o aumento del puntaje básico de la matrícula – PBM lo cual afectará el valor de la matrícula.

En caso de que un admitido presente documentación que no corresponde con la situación socioeconómica real, oculte información o trate de evadir el pago de los derechos de matrícula, pagará en el periodo lectivo correspondiente la matricula máxima (9.879 veces el salario mínimo legal vigente) sin perjuicio de las sanciones legales pertinentes de lo dispuestos en los Acuerdos 101 de 1977 y 116 de 1986 (Articulo 14 Acuerdo 100 de 1993 CSU).

Circular 001 de 2023

 

TEMAS A TENER EN CUENTA:

1) Para presentar la solicitud no debe tener título de pregrado otorgado por una Institución Universitaria ya que el puntaje de matrícula asignado en el momento de la admisión fue el máximo y no se modifica (Acuerdo 006 de 1999 del Consejo Superior Universitario).

2) El aspirante admitido que considere que el PBM no corresponde a su situación socioeconómica, podrá igualmente solicitar reubicación para el primer periodo de ingreso, durante la semana de matrículas.

 

¿DÓNDE Y CUÁNDO PUEDO HACER LA SOLICITUD DE REUBICACIÓN SOCIOECONÓMICA?

El interesado deberá presentar su solicitud de reubicación ante la Dirección de Bienestar Universitario de su Facultad o la dependencia que haga sus veces con la documentación probatoria dentro de los términos establecidos en el cronograma que se presenta a continuación:

 

CRONOGRAMA REUBICACIÓN PARA ADMITIDOS AL PRIMER SEMESTRE 2023- PARA EL DESCUENTO 2023-1S

Pasos:

a) Elaborar carta de sustentación de la solicitud.

b) Descargar y diligenciar el formato de reubicación, consulte AQUI

c) Diligenciar el formulario web desde el navegador Google Chrome 03 de febrero de 2023, hora 11:59 p.m.), habilitado en el siguiente ENLACE

d) Adjuntar hasta el 03 de febrero de 2023 todos los documentos sugeridos, formato de reubicación y carta de solicitud en un solo archivo en PDF marcado únicamente con su nombre completo, que acrediten la existencia del cambio socioeconómico en razón del cual se solicita la reubicación. No se recibirán solicitudes posteriores.

Los documentos sugeridos están plasmados en el formato de reubicación, así como los recomendados por la Circular 001 de 2015 de Comité Nacional de Matricula, que podrá consultar  AQUI

 

Fechas importantes

ACTIVIDAD

FECHA LÍMITE

DILIGENCIAMIENTO DE FORMULARIO WEB y FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES de reubicación socioeconómica por parte de los admitidos ante la Dirección de Bienestar de la Facultad.

 

NOTA: Únicamente se estudiarán las solicitudes que se encuentren registradas en el formulario WEB, las cuales cuenten con la documentación cargada en PDF.

 

El formulario puede encontrarse en el siguiente link: 

https://bit.ly/Reubicacion_Admitidos_2023-1S

03 DE FEBRERO DE 2023

HORA 11:59 PM

DILIGENCIAMIENTO EN EL FORMULARIO WEB del concepto por parte del Director de Bienestar de Facultad. 

10 DE FEBRERO DE 2023

SESIÓN DE ANÁLISIS del Comité de Matrícula de la Sede Bogotá para el estudio de las solicitudes diligenciadas en el formulario Web y con concepto del Director de Bienestar.

28 DE FEBRERO DE 2023

RESPUESTA de la decisión tomada mediante notificación al correo electrónico registrado por cada uno de los peticionarios.

1 DE MARZO DE 2023

Plazo máximo de presentación de recursos por parte de los admitidos notificados ante las Direcciones de Facultad.

15 DE MARZO DE 2023

SESIÓN DE ANÁLISIS del Comité de Matrícula para el estudio de los recursos presentados por los admitidos notificados.

28 DE MARZO DE 2023

RESPUESTA de la decisión tomada mediante notificación al correo electrónico registrado por cada uno de los recurrentes.

29 DE MARZO DE 2023

¿QUÉ HACER EN CASO DE NO ESTAR DE ACUERDO CON LA DECISIÓN DE LA SOLICITUD DE REUBICACIÓN NOTIFICADA?

Frente a la decisión tomada por el Comité de Matrícula de la Sede Bogotá, usted podrá interponer dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación electrónica, los recursos de reposición y/o reposición y en subsidio de apelación y/o apelación directa,

Los recursos de ley serán estudiados así:
• Recurso de reposición: La solicitud de reubicación será revisada nuevamente y resuelta por el Comité de Matrícula de la Sede.
• Recurso de reposición y en subsidio de apelación: La solicitud de reubicación será revisada por el Comité de Matrícula de la Sede y en caso de que se confirme la decisión inicial, concederá el recurso de apelación, trasladará de oficio la solicitud al Comité Nacional de Matrícula.
• Recurso de apelación directa: será presentado ante el Comité de Matrícula de Sede, quién verificará que se haya presentado en los términos de ley, y lo remitirá al Comité Nacional de Matrícula.