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Solicitudes aplazamiento posgrado segundo semestre de 2023
El admitido puede solicitar aplazamiento del uso del derecho de matrícula inicial, prórroga o revocatoria del mismo, ante Comité de Matrículas de Bogotá, hasta el 31 de julio de 2023.
Pasos:
1. Elaborar carta de sustentación de la solicitud.
2. Radicar la carta de solicitud de aplazamiento del uso del derecho de matrícula inicial junto con sus documentos soporte ante respectiva Coordinación del Programa Curricular de Posgrado dentro de las fechas establecidas por el Comité de Matriculas de la Sede.
NOTA: NO se autorizará aplazamiento del uso del derecho de matrícula inicial a personas admitidas a un Programa Académico desarrollado en convenio con otra Institución de Educación Superior.
Resultados:
La decisión será notificada al correo electrónico registrado para notificaciones, suministrado en el formulario de Google DRIVE (artículo 56 de la Ley 1437 de 2011), a partir del 08 de agosto de 2023.
Requisitos:
A continuación se presentan los requisitos que configuran una causa justificada bajo una situacion de fuerza mayor o caso fortuito para autorizar el aplazamiento del uso de derecho de matrícula inicial contemplados en el Acuerdo 002 de 2023 del Consejo Académico, los cuales deben estar debidamente soportados ante el Comité de Matriculas de la Sede Bogotá mediante formulario de Google.
Causales:
1. Se trate de un hecho irresistible, es decir, un hecho que no se hubiera podido evitar.
2. Se trate de un hecho imprevisible, esto es, que no pueda ser contemplado de manera previa.
3. Se trate de un hecho externo al admitido.
Igualmente, se valorarán como causas justificadas las situaciones asociadas a violencias basadas
en género.
La aprobación del aplazamiento de matrícula inicial no garantiza que el programa sea ofrecido para el periodo aprobado. El período máximo de aplazamiento es de un año. De no hacer uso del derecho de matrícula al finalizar el período otorgado para el aplazamiento perderá su calidad de admitido y por ende el cupo obtenido.
(1) Acuerdo No. 059 de 2012 del Consejo Académico "Por el cual se deroga el acuerdo 024 del 2009 del consejo académico, y se reglamenta el aplazamiento de matrícula inicial para los admitidos a algún programa curricular de pregrado o posgrado de la Universidad Nacional de Colombia."
(2) Acuerdo No. 002 De 2023 del Consejo Académico "Por el cual se modifica el artículo 1º del Acuerdo 59 de 2012 del Consejo Académico, que reglamenta el aplazamiento de matrícula inicial para los admitidos a la Universidad Nacional de Colombia."